El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) a través de la Orientación Técnica No. 17 señala algunos parámetros para la elaboración de los informes de Revisoría Fiscal para entidades de los Grupos 2 y 3, en consideración de las Normas Internacionales de Aseguramiento NIA. En concreto, el CTCP siguiendo la NIA 701 plantea la siguiente estructura y contenido para un Dictamen de Revisoría Fiscal:
1. Título
2. Destinatario
Asamblea General de Accionistas o al máximo órgano social de la Entidad
3. Párrafo introductorio
Se hace referencia a la Entidad y los estados financieros revisados, indicando si son separados, individuales, principales, combinados o consolidados.
4. Opinión del Revisor Fiscal
– Se debe indicar la entidad, los estados financieros auditados y el periodo que comprende cada uno.
– Se debe remitir a las notas a los estados financieros y a las políticas contables más significativas.
– Se debe especificar si el periodo anterior fue auditado por otro Revisor Fiscal o por el mismo Revisor Fiscal.
5. Fundamentos de la Opinión
– Se debe manifestar que la auditoría se realizó de conformidad con el artículo 7 de la Ley 43 de 1990.
– Se debe hacer referencia a la sección del informe de auditoría en la que se describan las responsabilidades del auditor de conformidad con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas.
– Se debe declarar que el Revisor Fiscal es independiente de la entidad de conformidad con los requerimientos de ética aplicables y que ha cumplido las restantes responsabilidades de ética de conformidad con la Ley 43 de 1990 y el anexo N° 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificatorios.
– Se debe manifestar que la evidencia de auditoría obtenida es base suficiente y adecuada para la opinión.
6. Empresa en funcionamiento (si aplica)
Cuando sea necesario se indicarán los aspectos o indicios por los cuales la Entidad o continuaría como negocio en marcha.
7. Responsabilidad de la dirección y gobierno corporativo de la entidad
Se debe describir la responsabilidad de la dirección en relación con la preparación de los estados financieros y la supervisión de la misma. Además, de la evaluación de la capacidad de la Entidad del principio de negocio en marcha.
8. Responsabilidad del Revisor Fiscal
– Debe manifestar que los objetivos del revisor fiscal son:
“(…) obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y (…) emitir el dictamen de auditoría que contenga la opinión del Revisor Fiscal” (CTCP, 2019 p.7).
– Debe manifestar que:
“(…) una seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NAGA siempre detecte una incorrección material cuando existe” (CTCP, 2019 p.7).
– Debe manifestar que las incorrecciones pueden originarse por fraude o error y cuando se consideran materiales.
– Debe manifestar su responsabilidad frente a la evaluación de la pertinencia de las políticas contables, la razonabilidad de las estimaciones contables y la demás información revelada por la dirección.
– Debe concluir sobre la capacidad de la entidad para continuar como negocio en marcha.
– Debe evaluar la presentación, estructura y contenido de los estados financieros y las notas, indicando si alcanzan la representación fiel de las transacciones.
– Debe explicitar su responsabilidad de obtener evidencia suficiente y adecuada para expresar la opinión.
– Debe manifestar que se comunica con los responsables del gobierno de la entidad para definir el alcance, el momento de la auditoría y para comunicar los hallazgos, incluyendo cualquier deficiencia en el control interno.
9. Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios.
– El Revisor Fiscal debe indicar:
“(…) que la Entidad ha llevado su contabilidad conforme a las normas legales y a la técnica contable; las operaciones registradas en los libros de contabilidad y los actos de los administradores se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la Junta de Socios y Junta Directiva; b. La correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de acciones se llevan y se conservan debidamente; c. El informe de gestión de la Administración guarda la debida concordancia con los estados financieros separados; d. La Compañía ha efectuado la liquidación y pago oportuno al Sistema de Seguridad Social Integral y, e. Los administradores dejaron constancia en el informe de gestión de que no entorpecieron la libre circulación de las facturas de sus proveedores de bienes y servicios.” (CTCP, 2019 p.9).
10. Opinión sobre el cumplimiento legal y normativo
Debe manifestar que efectuó la revisión de normas legales relacionadas con la actividad de la entidad; estatutos, y actas de asamblea y de junta directiva, para la aplicación de pruebas que dieran cuenta del cumplimiento normativo de la entidad, así como del proceso de control interno.
11. Opinión sobre la efectividad del sistema de control interno
Manifestar bajo qué criterios se evaluó el sistema de control interno.
12. Firma del Revisor Fiscal
13. Fecha del Informe
14. Domicilio del Revisor Fiscal
Fuente:
Consejo Técnico de la Contaduría Publica (CTCP). (2019). REVISORÌA FISCAL PARA PEQUEÑAS ENTIDADES – Parte I – Tipos de Dictamen. Orientación Técnica No. 17