El decreto estará vigente temporalmente
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante el Decreto 688 del 2020 redujo temporalmente la tasa de interés que se aplica a las obligaciones tributarias y aquellas relacionadas con el Sistema General de la Protección Social, administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), respectivamente. En concreto, el beneficio consiste en aplicar la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario a las obligaciones que sean canceladas hasta el 30 de noviembre de 2020.
Es importante señalar que, este beneficio es significativo dado que el Estatuto Tributario establece que el interés de mora que se origina con ocasión de las obligaciones tributarias con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), está dado por la tasa de usura vigente para créditos de consumo menos dos puntos.
Por ejemplo, si un contribuyente pagara una obligación vencida con la DIAN o la UGPP durante el mes de julio, en condiciones normales tendría que cancelar un interés de mora liquidado a la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera que para este mes es del 27,18% menos dos puntos, es decir, 25,18%. Sin embargo, con la reducción temporal de tasa de interés, calcularía los intereses de mora sobre la tasa de interés bancario corriente que para julio es del 18,12%.
Adicionalmente, para los contribuyentes que realicen actividades de transporte aéreo comercial de pasajeros; hoteles que presten servicios hoteleros; y aquellos contribuyentes que tengan como actividad económica principal 9006 “actividades teatrales”, 9007 “actividades de espectáculos musicales en vivo” y 9008 “otras actividades de espectáculos en vivo”, el Decreto establece que podrán liquidar los intereses de mora teniendo en cuenta el 50% de la tasa de interés bancario corriente. Así, en el ejemplo anterior, este tipo de contribuyente pagaría sobre el 9,06%.
Fuente:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2020). Decreto 688 del 22 de Mayo.