¿Una fundación artística está obligada a tener revisor fiscal?
De acuerdo con el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– en el Concepto 1050 de 2019, las asociaciones, corporaciones, fundaciones e instituciones de utilidad común, están obligadas a tener revisor fiscal cuando su domicilio principal esté en el departamento y su inspección, vigilancia y control esté en cabeza de la Gobernación. Esta obligación debe quedar establecida en los estatutos.