De acuerdo con el comunicado de prensa 007 publicado el 25 de enero por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –, los contribuyentes podrán actualizar las actividades económicas en su Registro Único Tributario hasta el 30 de junio de 2021.
De esta forma, se amplía el plazo que había establecido la Resolución 000114 de 2020 y que preocupaba de manera especial a los pensionados que declaran renta, dado que debían realizar el trámite antes del 31 de enero. En ese sentido, el comunicado también precisa que la administración tributaria está realizando la actualización automática del RUT de aquellos pensionados que declararon renta en el 2020 y que no tienen ingresos adicionales. En los casos en que estas personas reciban ingresos por otros conceptos deben adelantar el trámite a través de la página de la DIAN o solicitando el servicio de citas de la misma entidad.
Fuente:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – (2020).
Comunicado de prensa 007. Disponible en: www.dian.gov.co/Prensa
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