El Decreto 678 de 2020 otorgó facultades a los alcaldes y gobernadores para que durante el periodo de la emergencia sanitaria derivada del COVID- 19, difieran el pago de los impuestos que tienen a su cargo hasta en 12 cuotas sin intereses. En adición, con el propósito de incrementar el recaudo, así como de beneficiar a los contribuyentes, se contemplan las siguientes medidas para los impuestos; tasas, contribuciones y multas pendientes de pago al 20 de mayo de 2020, en todo el territorio nacional:
- Si se realiza el pago total hasta el 31 de octubre de 2020 habrá un descuento del 20% sobre el capital y no se cobrarán sanciones, ni intereses.
- Si se realiza el pago total entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020 habrá un descuento del 10% sobre el capital y no se cobrarán sanciones ni, intereses.
- Si se realiza el pago total entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2021 no habrá descuento sobre el capital; pero no se cobrarán sanciones, ni intereses.
Vale resaltar que estas medidas son aplicables a las obligaciones que se encuentren en discusión con la administración.
En el caso del Municipio de Medellín, estos son los impuestos, tasas, contribuciones y multas a las que aplica el beneficio:
Para acceder a las reducciones en capital y la eliminación de sanciones e intereses sobre estas deudas, se debe diligenciar el Formato de Condición Especial de Pago disponible en la página web de la Alcaldía de Medellín www.medellin.gov.co con diez días hábiles de antelación a la fecha en la que desean acceder al descuento.
Las personas que tengan multas pendientes con la Secretaría de Movilidad deben realizar el proceso a través de Movilidad en Línea www.medellin.gov.co/portal-movilidad.
Fuentes:
– Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2020) Decreto 678 del 20 de Mayo.
– Secretaría de Hacienda de Medellín. (2020) Resolución 2020060450637 del 4 de junio.
– ABC Beneficios por Deudas . Disponible haciendo clic AQUÍ