A partir de noviembre del año en curso los Instrumentos de Firma Electrónica (IFE), con los cuales, se formalizan y presentan las obligaciones tributarias ante la DIAN, deben ser renovados. Esto, dado que los primeros IFE fueron habilitados por la DIAN en noviembre de 2016 y en su momento la Resolución 070 de 2016 estableció que la vigencia de este instrumento es de tres (3) años.
En esos términos, conviene adelantar la revisión de la fecha de emisión del IFE con el fin de determinar el mes en el que le corresponde realizar la renovación y evitar cualquier inconveniente en el cumplimiento de las tareas y deberes tributarios. El proceso de renovación puede realizarse de manera virtual siguiendo los siguientes pasos:
- Ingresar con usuario y contraseña al portal de la DIAN.
- Dar clic a la opción de la pantalla principal “Gestionar mi firma Electrónica”.
- Dar clic en “Renovar Instrumento de Firma Electrónica”.
Fuente:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – (2016). Resolución 070