La Resolución 000099 del 30 de octubre de 2020 amplio los plazos para que el sector agrícola inicie la expedición de la facturación electrónica. El nuevo límite de tiempo es el 15 de diciembre de 2020 y es aplicable para las siguientes actividades:

Esta medida puede explicarse en las preocupaciones que distintos gremios han planteado. Por ejemplo, la Federación Nacional de Cafeteros ha planteado que se debe evaluar la obligación de facturar electrónicamente para los productores de café, dadas las limitaciones en cuanto acceso a internet y los mayores costos que les acarrearía a este sector.

Fuentes:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Resolución 000099 del 30 de octubre de 2020
Revista Dinero (2019). Cafeteros están preocupados por facturación electrónica en el campo