La ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo) estableció beneficios para las empresas que contraten o tengan contratadas personas en situación de discapacidad, en concreto, la posibilidad de deducción en el impuesto de renta del 200% del valor de salario y prestaciones sociales.

Debe recordarse que una persona se considera en situación de discapacidad cuando tiene restricciones de movilidad, visuales, auditivas, para la interacción social, para el aprendizaje y la adaptación, etc. Ello genera, de acuerdo con datos del Gobierno Nacional que las personas en situación de discapacidad sean más pobres dado que tienen menores oportunidades laborales y menor acceso a la infraestructura urbana y a la información. De ahí que el Gobierno buscara generar mayores condiciones de inclusión mediante incentivos tributarios al sector empresarial.

Estos son los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de emprender este proceso de inclusión laboral:

  • Se debe incluir en el contrato de trabajo que la vinculación se realiza en el marco de un proyecto de inclusión laboral.
  • Realizar los exámenes médicos necesarios para identificar de manera clara las restricciones a considerar en la asignación del puesto de trabajo.
  • Debe realizarse la afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social sin importar que el empleado tenga pensión de invalidez o sobrevivencia.
  • En el caso de terminación del contrato debe tenerse en cuenta que la legislación protege a las personas en situación de discapacidad, obligando a solicitar autorización de despido ante el Ministerio de Trabajo probando la justa causa del mismo.

Fuentes:
Departamento Nacional de Planeación. https://www.dnp.gov.co/DNPN/Plan-Nacional-de-Desarrollo/Paginas/Pactos-Transversales/Pacto-por-la-inclusion-de-todas-las-personas-con-discapacidad/inclusion-a-personas-con-discapacidad.aspx/
Ley 1955 de 2019