A continuación encontrarán los conceptos, bases y tarifas, para practicar la retención en la fuente durante el año 2023. Es importante recordar que, de acuerdo con el artículo 368 del Estatuto Tributario, están obligados a practicar retenciones todas las personas jurídicas y las personas naturales comerciantes que al cierre del año 2022, tuvieran ingresos o patrimonios superiores a $1.140.120.000 equivalentes a (30.000 UVT).

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En caso de ser necesario consultar las tarifas del 2022, diríjase a el siguiente enlace: RTF 2022